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Política Presupuestaria

Como consecuencia de la privatización de las empresas públicas que se implementó en nuestro país en la década pasada, se produjo un cambio trascendente en la prestación de los servicios públicos, toda vez que el Estado delegó en empresas privadas la gestión y prestación de los mismos, conservando para sí las funciones de regulación, contralor y fiscalización.

En el año 1997 se privatizó el servicio eléctrico en la Provincia de Buenos Aires prestado, hasta ese entonces, por la Empresa Social de Energía de Buenos Aires (ESEBA SA).
El Estado Provincial transfirió la prestación del servicio público de energía eléctrica a empresas de capital privado que resultaron adjudicatarias de la Licitación Pública Nacional e Internacional, llevada a cabo con ese objeto, reservándose como función primordial, el control y fiscalización del mismo.

Para cumplir con esta función, el Estado Provincial creó un organismo descentralizado y autárquico dentro del ámbito del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, denominándolo “Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires - OCEBA” otorgándole por Ley y Decretos misiones y atribuciones específicas.

La promulgación de la Ley 11769 y su Decreto Reglamentario Nº 1208/97, conformaron el nuevo Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires para las tres Empresas Distribuidoras con Concesión Provincial que resultaron de la privatización y para las 200 Distribuidoras Municipales ya
existentes.

El Sector Energético es muy dinámico y en el futuro se avizoran cambios sustanciales, para ello el OCEBA como Organismo de Control y Fiscalización requiere adecuar permanentemente su estrategia a esta dinámica.

La misión del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), es la de Controlar y Fiscalizar el servicio de Distribución de Energía Eléctrica dentro del ámbito de jurisdicción que establece el Marco Regulatorio, actuando con transparencia, autonomía y equidad, para defender y proteger adecuadamente los intereses de la sociedad dentro de un marco que permita el desarrollo eficiente del sector, teniendo como misión primordial la defensa del derecho de los usuarios asignada por la referida Ley del Marco Regulatorio, conforme lo estatuye el artículo 42 de la Constitución Nacional y 38 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Síntesis de las clases de bienes y/o servicios que se proveen a la comunidad:

  • Servicio de control en la prestación de la distribución del servicio público de electricidad.
  • Bienes en relación de normas jurídicas, regulaciones y extensiones de la cultura regulatoria y de control.

Objetivos de política presupuestaria propuestos para el ejercicio 2011:

  • Asegurar el adecuado funcionamiento del servicio público de electricidad.
  • Jerarquizar el rol del ente de control y fortalecer su capacidad de gestión.





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