El Directorio del Organismo de Control de la Energia Elétrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), dispuso que las distribuidoras provinciales y municipales deberán otorgar planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas mensuales iguales y consec
Publicado el 25 de agosto 2021
Suspensión de suministro
El Directorio del Organismo de Control de la Energia Elétrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), dispuso que las distribuidoras provinciales y municipales deberán otorgar planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas mensuales iguales y consecutivas, respecto de las deudas de usuarios y usuarias beneficiarios de las suspensiones y cortes en el servicio público de distribución de energía eléctrica dispuestas por el Decreto N° 194/2020 de adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 311/20, conforme RESOC-2020-157-GDEBA-OCEBA y sus modificatoria.
La medida corresponde a las facturas de energía eléctrica con fecha de vencimiento a partir del día 1º de marzo de 2020 y hasta que dure la emergencia sanitaria, sin perjuicio de la facultad del usuario o usuaria de solicitar su cancelación con anterioridad y/o en menor cantidad de cuotas
La tasa de interés aplicable a los planes de facilidades será la establecida en el artículo 11 del Reglamento de Suministro y Conexión (tasa anual vencida vigente del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días de plazo), conforme se publica en página web de OCEBA de conformidad con la Resolución OCEBA N° 230/2017, reducida en un 50 %.
Se estableció que las distribuidoras provinciales y municipales podrán aplicar las condiciones de los planes de facilidades establecidas en la Resolución, a deudas originadas fuera del plazo y/o respecto de usuarias o usuarios no alcanzadas/os por el Decreto Nº 194/21 y sus normas modificatorias y complementarias. Sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos 1º y 2º de la Resolución, las Distribuidoras podrán establecer quitas o planes de pagos con condiciones más beneficiosas para los usuarios.
Asimismo, lo dispuesto podrá ser aplicado por las Distribuidoras, siempre que las deudas de los usuarios alcanzados por el Decreto N° 194/2021, no haya sido recuperada o reconocida por los acuerdos de pago que pudieran celebrarse en el marco de lo dispuesto en las Resoluciones S.E. N° 40/2021 y N° 371/2021.
Otras medidas
Se dispuso la instrucción, de oficio, de un sumario administrativo a las Distribuidoras con concesión provincial por incumplimiento de la aplicación de la “Tarifa Cero”, conforme lo establecido en la Ley 15.192, el Decreto N° 1022/2020, la Resolución MIySP N° 335/2021 y las Circulares emitidas por OCEBA, identificadas como CIR-2021-2-GDEBA-OCEBA, CIR-2021-3-GDEBA-OCEBA y CIR-2021-6-GDEBA-OCEBA.
En otro orden, por RESOC-2021-195-GDEBA-OCEBA, se dispuso implementar “campañas de medición complementarias” por el Organismo, a fin de anticipar desviaciones y lograr mejoras en la calidad del servicio por parte de los Distribuidores.
Dichas campañas permitirán el correspondiente seguimiento y control permanente del servicio.
También, se inició un “sumario administrativo” a la distribuidora Edelap SA por eventos ocurridos durante el 39ª semestre de control (02/6/2020 – 01/12/2020) que afectaran significativamente el servicio público de distribución como consecuencia de las fallas y/o averías de equipamiento del sistema de Alta Tensión de 132 KV como de estaciones transformadoras de 132 kv, en los niveles de 33 y 13,2 kv.
Finalmente, 14 “sumarios administrativos” se iniciaron por incumplimiento de las obligaciones previstas en el Marco Regulatorio Eléctrico con relación al Agregado Tarifario, de conformidad con el Artículo 7.12 del Subanexo D del Contrato de Concesión, toda vez que se trata de recursos tarifarios de afectación específica que no resultan de libre disponibilidad para los Distribuidores.